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Luego de que el gobierno de México firmara el Acuerdo Comercial Anti-Falsificación (ACTA, por sus siglas en inglés) diversos actores se han pronunciado en contra de esta norma pues, aseguran, vulnera la vida privada en internet y representa un ataque directo a la libertad de la sociedad de la información a costa de beneficiar a un grupo de empresas globales que impulsan medidas para tener más ingresos económicos.
El académico Sergio Octavio Contreras, especialista en sociedad de la información por la Universidad Oberta de Cataluña (UOC) y profesor de posgrado en comunicación en la Universidad La Salle Bajío y otras en el país publicó este jueves en la revista Etcétera, los puntos relevantes para entender el ACTA:
- Las ideas, productos, marcas y toda creación que haya sido registrada como propiedad privada por algún particular, empresa u organismo, será protegida en la red.
- En Internet sólo pueden tener acceso a documentos protegidos quienes previamente hayan pagado por ellos. Quien “descargue” una canción o un libro digital sin haberlo pagado, serán catalogados como delincuentes por piratería.
- Es considerado ilegal compartir, “bajar” y almacenar “copias” de archivos protegidos por la propiedad intelectual, incluyendo la modificación de códigos digitales como es el lenguaje de internet.
- El Estado recibirá las demandas de las empresas o particulares que consideren que se atenta contra sus derechos de propiedad privada y actuará contra los cibernautas infractores mediante órdenes judiciales.
- El gobierno tendrá la facultad de inspeccionar la red para encontrar que no existan servidores en México que guarden documentos con derechos de autor, o bien páginas que tengan enlaces a materiales protegidos. En caso de encontrarlos, deberán de ser eliminados.
- Las empresas llamadas Internet Service Provider (ISP) serán obligadas a inspeccionar la función de los cibernautas para detectar actividades ilegales que atenten contra los derechos de las compañías económicas y todo aquel demandante.
- El ACTA mexicana contempla sanciones contra los cibernautas que compartan o hagan uso de contenidos por los cuales no pagaron previamente.
- Las infracciones van desde el bloqueo de páginas de Internet, pasando por multas económicas y hasta la cárcel. La sanción dependerá de la demanda interpuesta por la empresa productora o el autor, y del daño ocasionado a su propiedad privada.
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