domingo, 15 de julio de 2012

ACTA

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Luego de que el gobierno de México firmara el Acuerdo Comercial Anti-Falsificación (ACTA, por sus siglas en inglés) diversos actores se han pronunciado en contra de esta norma pues, aseguran, vulnera la vida privada en internet y representa un ataque directo a la libertad de la sociedad de la información a costa de beneficiar a un grupo de empresas globales que impulsan medidas para tener más ingresos económicos.

El académico Sergio Octavio Contreras, especialista en sociedad de la información por la Universidad Oberta de Cataluña (UOC) y profesor de posgrado en comunicación en la Universidad La Salle Bajío y otras en el país publicó este jueves en la revista Etcétera, los puntos relevantes para entender el ACTA:

  1. Las ideas, productos, marcas y toda creación que haya sido registrada como propiedad privada por algún particular, empresa u organismo, será protegida en la red.
  2. En Internet sólo pueden tener acceso a documentos protegidos quienes previamente hayan pagado por ellos. Quien “descargue” una canción o un libro digital sin haberlo pagado, serán catalogados como delincuentes por piratería.
  3. Es considerado ilegal compartir, “bajar” y almacenar “copias” de archivos protegidos por la propiedad intelectual, incluyendo la modificación de códigos digitales como es el lenguaje de internet.
  4. El Estado recibirá las demandas de las empresas o particulares que consideren que se atenta contra sus derechos de propiedad privada y actuará contra los cibernautas infractores mediante órdenes judiciales.
  5. El gobierno tendrá la facultad de inspeccionar la red para encontrar que no existan servidores en México que guarden documentos con derechos de autor, o bien páginas que tengan enlaces a materiales protegidos. En caso de encontrarlos, deberán de ser eliminados.
  6. Las empresas llamadas Internet Service Provider (ISP) serán obligadas a inspeccionar la función de los cibernautas para detectar actividades ilegales que atenten contra los derechos de las compañías económicas y todo aquel demandante.
  7. El ACTA mexicana contempla sanciones contra los cibernautas que compartan o hagan uso de contenidos por los cuales no pagaron previamente.
  8. Las infracciones van desde el bloqueo de páginas de Internet, pasando por multas económicas y hasta la cárcel. La sanción dependerá de la demanda interpuesta por la empresa productora o el autor, y del daño ocasionado a su propiedad privada.
Con información de Aristegui.noticias y etcetera.com.mx

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